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La DGT 'infla' miles de multas al no restar el margen de error de los radares

bonel

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También lo hacen las autoridades de Cataluña, País Vasco y varios ayuntamientos.
En radares fijos se debe aplicar un 4% de error, en el móvil un 7%.
El error de cálculo puede llegar a triplicar la cuantía de la multa.
Desde la implantación de la Ley de Tráfico, el pasado 24 de mayo, se han impuesto 100.000 multas de forma incorrecta.

Desde que entró en vigor la reforma de la Ley de Tráfico en materia de sanciones, el pasado mes de mayo, la Dirección General de Tráfico (DGT), el Servei Catalá de Transit, los servicios territoriales de tráfico del Gobierno Vasco, y numerosos ayuntamientos están imponiendo sanciones a cientos de miles de automovilistas españoles en mayor cuantía de la prevista legalmente y quitando puntos que no deben ser retirados, debido a que no tiene en cuenta los márgenes de error de los radares.

La razón de esta grave ilegalidad se encuentra en la errónea interpretación de las distintas administraciones con competencia en tráfico
La organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha denunciado que la aplicación de estas multas es una grave ilegalidad, ya que en algunos casos el error de cálculo triplica la cuantía de la multa.

“La razón de esta grave ilegalidad -afirma el presidente de AEA, Mario Arnaldo- se encuentra en la errónea interpretación que distintas administraciones con competencia en materia de tráfico están haciendo de la nueva Ley de Tráfico", es decir, no están teniendo en cuenta los márgenes de error en las mediciones obtenidas por los radares.

Sin aplicar los márgenes de error
Con la nueva ley de Tráfico, las mediciones tienen un margen de error máximo de un 4%, si se trata de un radar fijo, o de un 7%, si se trata de uno móvil, para mediciones superiores a los 100 km/h, según lo establecido por el Ministerio de Industria en la Orden 3699/2006, de 22 de noviembre.

Un coche circulando a 155 km/h en una zona de 120 tendría un exceso de velocidad de 24 km/h y no de 35
Así, por ejemplo, el margen de error máximo que podría tener un radar móvil que captara un vehículo circulando a 155 km/h con límite de 120 km/h. sería de 10,8 km/h, que descontado de la velocidad controlada nos daría un exceso neto de 24 km/h.

El problema surge cuando las distintas administraciones con competencia en materia de tráfico aplican directamente el nuevo cuadro de multas sin descontar el margen de error legalmente previsto, ya que en lugar de imponer una sanción de 100 euros prevista para los que se exceden en 24 km/h del límite de 120, están aplicando el tramo sancionador superior de 300 euros y la pérdida de 2 puntos del permiso de conducir contemplada para un exceso de 35 km/h.

Fotografías no corregidas
Además, en la mayoría de los casos, la fotografía que se hace para acreditar la infracción se envía sin aplicar los márgenes de error, según la AEA.

Hay algunos municipios, como Madrid, Barcelona y Málaga, que imponen las multas aplicando el margen de error
”Es decir, que sobre lo que marca la fotografía hay que aplicar los márgenes de error legalmente establecidos para cada radar. Y eso no es lo que está haciendo ni la DGT, ni el Servei de Tránsit, ni el Gobierno Vasco, ni más de una decena de ayuntamientos", afirma Arnaldo, "que está imponiendo sanciones muy por encima de lo que marca la Ley”.

Según la AEA, hay municipios españoles que sí están haciendo una interpretación correcta de la Ley, y al aplicar el cuadro de sanciones, ya han descontado el margen de error, como Madrid, Barcelona Bilbao, Córdoba y Málaga.

Por el contrario, los ayuntamientos que no aplican este margen de error, además de la DGT, Gobierno Vasco y Generalitat de Cataluña, son el de A Coruña, Alicante, Murcia, Valencia, Valladolid, y Zaragoza.

¿Qué hacer?

Se calcula que desde que entró en vigor la nueva Ley de Tráfico, se han podido imponer cerca de cien mil multas por exceso de velocidad, cuya sanción no está correctamente graduada porque no se ha aplicado los márgenes de error legalmente establecido.

La AEA se está encargando de la defensa de sus asociados afectados. Sin embargo, su presidente insta a los automovilistas afectados a presentar el respectivo recurso si les han impuesto una multa de forma incorrecta.

Arnaldo recordó que se puede recurrir una multa dentro de los 20 días siguientes, pero que incluso si ya ha pagado la sanción hay posibilidades. "Mucha gente ya ha pagado acogiéndose a los descuentos para los que pagan pronto, pero aún así pueden pedir una revisión de su caso, dentro del plazo de un año".

Los afectados, ha señalado el presidente, pueden pedir asesoría en el servicio jurídico de su confianza o bien acudir a la AEA a través de su web o del teléfono 915594940.

Casos reales
La AEA ha incluido en su comunicado algunos casos reales de multas impuestas de forma ilegal, sin respetar el margen de error:

Juan A. fue denunciado en Zamora el 20 de junio de 2010 por circular en la A-6 a 155 km/h teniendo limitada la velocidad a 120 km/h. Radar Móvil Multanova 6 F-MR. Se le anuncia una sancion de 300 euros y 2 puntos, cuando la sanción según el cuadro de multas - descontado el margen de error- serían tan sólo 100 euros y sin pérdida de puntos.
Gregorio F.G. fue denunciado por el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas de León el 19 de junio de este año, por circular en la A-381 (Cádiz) a 132 km/h teniendo limitada la velocidad a 100 km/h. Radar Fijo RAMET. Se le anuncia una sancion de 300 euros y 2 puntos, cuando la sanción debería ser tan sólo 100 euros y sin pérdida de ningún punto.
Jordi S.S. fue denunciado por el Servei Catalá de Transit el 8 de agosto pasado por circular en la AP-2 (Lleida) a 155 km/h teniendo limitada la velocidad a 120 km/h. Radar Fijo Multanova 6 F-MR. Se le anuncia una sancion de 300 euros y 2 puntos, cuando la sanción, descontado el margen de error, serían tan sólo 100 euros y sin perder puntos.
Patxi E.I. fue denunciado por el Servicio Territorial de Tráfico de Vizcaya el 16 de julio de 2010 por circular en la AP-68 (Vizcaya) a 112 km/h teniendo limitada la velocidad a 80 km/h. Radar Fijo Multanova 6 F-MR. Se le anuncia una sancion de 300 euros y 2 puntos, cuando la sanción según el cuadro de multas -descontado el margen de error- serían tan sólo 100 euros y sin pérdida de ningún punto.
 
Y luego dicen que los radares no son recaudatorios, que mas prueban quieren, yo estoy a favor de los radares pero colocados en sitios peligros o puntos negro, no en rectas.
 
a levantar el zapato
 
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