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La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden que regula las tarifas del canon digital

thunder

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# Esta orden regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago de esta tasa por copia privada y las cuantías en cada uno de ellos.
# Su aprobación requeriría determinados trámites que no se hicieron.
# Si se anula esta orden, volverá a estar vigente la normativa de 2006, con tarifas anteriores y muchos dispositivos no gravados por el canon.


La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago de esta tasa por copia privada y las cuantías en cada uno de ellos.
En su resolución, la sala de lo Contencioso-Administrativo justifica su decisión diciendo que la orden ministerial que lo regula es un reglamento y que, por tanto, su aprobación requeriría determinados trámites relativos a memorias justificativa y económica y un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron. De hecho, la Audiencia Nacional reprocha al Gobierno no haber cumplido "ninguno" de los trámites "inexcusables" y "esenciales" para la aprobación de un reglamento.
Este es el argumento que la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha empleado en las seis sentencias notificadas en las que anula la orden del Ejecutivo, tal como pedían la Asociación de Internautas y Motorola, entre otros.

En concreto, la Audiencia entiende que la orden es un reglamento ejecutivo de una ley, y no un acto administrativo, ya que "tiene vocación de ser aplicada reiteradamente de tal forma que su repetida aplicación no solo no agota sus efectos, sino que refuerza su vigencia".

Además, a diferencia de los actos administrativos, la norma -que regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago del canon y las cuantías en cada uno de ellos-, es "de carácter general y abstracto" y está dirigida a una pluralidad de destinatarios definidos en principio de forma anónima.

Por todo ello, el tribunal sostiene que debería haber contado con "la memoria justificativa de la necesidad y oportunidad de la disposición reglamentaria y la memoria económica", además del dictamen del Consejo de Estado. "Ninguno de dichos trámites se han respetado, por lo que la Audiencia Nacional estima que la orden está afectada de un vicio radical", concluyen las resoluciones, que no son firmes, ya que contra ellas cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo.

No obstante, la Audiencia Nacional no accede a las pretensiones de algunos recurrentes que solicitaban la devolución de lo recaudado por el canon digital porque considera que no es competente para resolver tales peticiones, dada la naturaleza jurídico-privada del canon digital.

Con la orden ministerial sobre el canon digital, aprobada en junio de 2008, se pretendía compensar a los autores por los ingresos de dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra, y por eso grava los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación. Los recurrentes argumentan que la orden vulneraba la Constitución y la Ley de Propiedad Intelectual, y sostenían que el canon daña principios como el de igualdad ante la ley, la libertad de empresa, el libre acceso a la cultura y la ciencia o la defensa de los intereses de las organizaciones profesionales.
Las entidades de gestión recurrirán

Las entidades de gestión de derechos de autor estudian ya recurrir el auto de la Audiencia Nacional que declara nula la orden ministerial sobre el canon digital "por un defecto de forma y trámite", aunque destacan que la resolución "no cuestiona la legalidad de la tasa".
El portavoz de las entidades de gestión, Rafael Sánchez, ha señalado que el auto de la Audiencia se sustenta en que dicha orden ministerial no contó para su aprobación en 2008 con determinados requisitos, entre ellos, un dictamen del Consejo de Estado. "Se trata de un defecto de forma no achacable a las entidades de gestión sino a la Administración", ha afirmado Sánchez, tras lo cual ha matizado que la resolución de la Audiencia "no cuestiona la legalidad del canon digital".

En este sentido, ha explicado que si finalmente se anula la orden ministerial, volverá a estar vigente la normativa anterior de 2006, incluida como disposición transitoria única de la actual Ley de Propiedad Intelectual y que ya establecía el canon para soportes digitales como los DVD.

Sánchez ha recordado que la orden ministerial de 2008 actualizaba estos soportes y tarifas a fin de adecuarlos a la evolución tecnológica, lo que supuso la entrada de nuevos soportes sujetos al pago del canon digital y nuevas tarifas como la rebaja del gravamen de los DVD de los 0,6 euros de 2006 a los 0,44 euros en 2008.
Reforma del canon digital

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó el pasado octubre que el sistema aplicado en España "no era conforme" al derecho de la UE en el supuesto de que los soportes de reproducción sean adquiridos por empresas o profesionales para fines distintos a la copia privada, aunque reconocía su legalidad en el caso de los particulares con independencia del uso que den a estos artículos.

La Audiencia de Barcelona fue la primera en aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y, el pasado 3 de marzo, dictaminó que la tienda de informática Padawan estaba exenta de reclamar el gravamen que le exigía la SGAE por la venta de soportes digitales.

Para adaptarse al derecho comunitario, el Gobierno está estudiando una reforma de la regulación del canon digital con el objetivo de tener lista esta revisión en el plazo de tres meses. De hecho, desde mediados de enero, dos grupos de trabajo, uno centrado en derechos reprográficos y otro en derechos audiovisuales y fonográficos, buscan posibles soluciones para adecuar el canon digital a la normativa comunitaria.





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gracias thunder,saludos
 
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