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Cambios en la I.T.V. ¿La pasarás este año?

bonel

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El Real Decreto 866/2010, que entró en vigor el 14 de enero de este año, no tiene porqué preocupar a usuarios que no hayan modificado su automóvil. Los puntos a revisar no varían, así que sólo deberemos preocuparnos de tener en perfecto estado las luces, los neumáticos o los cinturones de seguridad, entre otros. Sin embargo no lo tendrán tan fácil quienes hayan introducido reformas en sus vehículos, especialmente los aficionados al “tuning”, por los cambios en las llamadas “reformas de importancia”. De hecho este término desaparece y en su lugar se aplica uno nuevo: “reformas de vehículo” que engloba más aspectos. Es decir, ahora sí tendrán que ser aprobadas modificaciones que antes no debían ser legalizadas en la ITV.
La importancia de la ficha técnica Sin embargo, lo realmente destacable es que todas las “reformas de vehículo” deberán estar anotadas en la Ficha Técnica. Así nos lo confirma el ingeniero de una estación de ITV: “desde ahora, toda modificación en el vehículo que esté tipificada como reforma en el Manual de Reformas ha de ser anotada en la tarjeta de ITV.”
Por tanto debemos tener claro que ahora más que nunca la tarjeta de la ITV es lo que realmente vale. Los cambios anotados en este documento son clave de cara a cualquier posible problema que podamos tener con las autoridades o con el propio seguro en caso de accidente. No hay que olvidarse que el seguro puede lavarse las manos si las modificaciones consideradas reforma no están legalizadas.
A efectos prácticos la nueva normativa no introduce cambios sustanciales en modificaciones tan populares como un cambio de llantas, suspensión deportiva o neumáticos equivalentes. En los dos primeros casos como ya era obligatorio antes del cambio, deberemos presentar el informe de conformidad, el certificado de taller, el proyecto técnico de homologación y la certificación de final de obra (los dos últimos documentos no serán necesarios si no se exceden 6 centímetros del ancho de vías en el cambio de llantas).
De los pocos aspectos que varían y ahora sí son considerados reforma destaca el cambio de volante. Antes se permitía la sustitución del original por otro si la diferencia de diámetro no era superior al 10%, sin embargo ahora se considera reforma, si bien no hace falta presentar el proyecto técnico de homologación.
El enigmático -para algunos- tema de los faros de xenón queda recogido en el apartado 9.1 de la nueva normativa, siendo considerado reforma la “adición de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente ó unidad técnica independiente de alumbrado y señalización”.
Período de transiciónLa existencia de un carácter retroactivo de la nueva normativa respecto a la anterior implica que la aplicación de esta no sólo se hará sobre hechos futuros, sino también sobre situaciones anteriores a su aprobación. Los usuarios que hayan introducido modificaciones que antes del 14 de enero no se consideraban “reformas de importancia” y que ahora sí se han incluido dentro de “reforma de vehículo” dispondrán de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto para regularizar estas variaciones. Deberán presentar la factura de compra de los elementos no originales para justificar que han sido adquiridos antes del 14 de enero y así poder legalizar estos elementos de acuerdo con la anterior normativa. Transcurrido este período irremediablemente habrán de atenerse a los nuevos requerimientos.
¿El fin del tuning?Tenemos claro que la mayoría de componentes fabricados por empresas “aftermarket” con homologación europea pueden validarse mediante el procedimiento habitual, que implica presentar el proyecto técnico. ¿Pero se podrán homologar piezas artesanales, como faldones de fibra o tomas de aire? El ingeniero de ITV consultado concluye que “se pueden homologar y legalizar en las estaciones de ITV, pero la nueva norma implica el estudio del reglamento. Esto conlleva, en muchos casos, ensayos en laboratorio. Por este motivo, las emisiones de los informes serán mucho más lentas y costosas.”
En definitiva, la reforma no supone tantos cambios respecto a la norma precedente como parecía a priori y por tanto no tiene que preocupar a la mayoría de conductores. Sin embargo, en casos especiales -como pueden ser modificaciones más o menos artesanales- los costes se disparan.
 
Pues vaya tela jejejeje yo tendría que haberla pasado hace ya unos años xD
 
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