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WiFi gratis y público si, pero...

bonel

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La justicia española confirma las restricciones que debe reunir una red WiFi pública que ofrezca Internet abierto y gratuito.

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La Audiencia Nacional emitió recientemente una sentencia con la que se ratifica que los organismos públicos que ofrezcan una red WiFi deben estar sometidos a determinadas condiciones que aseguren el principio de libre competencia.

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones aprobó en agosto de 2010 una circular en la que establecían las condiciones que una administración pública debe de cumplir para prestar ese servicio de conexión a Internet. En este sentido la circular establece que:
las redes inalámbricas, gratuitas y abiertas que pongan en marcha las Administraciones no pueden superar los 256 kilobytes por segundo.
los repetidores y enrutadores de esta red WiFi no pueden estar enfocados hacia edificios residenciales, facilitando la entrada de particulares.
es necesario la notificación a la CMT antes su instalación, con el objeto que este pueda someter a control las características del servicio de conexión a Internet.
En 2008 el consistorio malagueño quiso llevar la tecnología wifi a todo su casco urbano (560.000 personas), la CMT se opuso, por lo que el Ayuntamento planteó que su red daría el servicio en condiciones de "autoprestación", es decir, que la función de este servicio estaría destinado al propio municipio (al trabajo de sus funcionarios y trabajadores). Ese régimen, previsto por la Ley General de las Telecomunicaciones, exime a los que quieran prestar el servicio de comunicarlo a la CMT así como de inscribirse en el Registro de proveedores del organismo. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, concluyó que las condiciones en que la red inalambrica daba acceso a Internet, tenían una vocación universal tanto por el publico al que se dirigía como por las páginas web sobre las que se podía navegar, por lo que el servicio iba más allá de la autoprestación.

Tras este conflicto y ante la proliferación de Ayuntamientos que querían poner en marcha sus propias redes, la CMT lanzó en 2009 una consulta sobre la regulación del servicio de wifi a cargo de las Administraciones Públicas que un año más tarde dio fundamento a las restricciones que contiene la circular que la sentencia de la Audiencia Nacional acaba de confirmar.

Señalar que, al margen de los anterior, la CMT autoriza las redes WiFi por el que una comunidad de propietarios puede dar acceso a Internet a todos sus vecinos siempre que esto se lleve a cabo en régimen de autoprestación, sin ánimo de lucro y con acceso limitado a las personas que viven en la comunidad.

fuente:desarrolloweb.com
 

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